Viernes 19 de Abril de 2024

Peluqueros matriculados y obligados a «guardar secreto profesional»

Publicado: 03-08-2017

El diputado salteño Alfredo Olmedo, del partido «Salta somos todos», presentó un proyecto que crea un Colegio Profesional de Peluqueros y Peinadores y establece que solo podrán ejercer ese trabajo quienes tengan el aval de este cuerpo directivo y propone que «guarden secreto profesional».

Según el proyecto sólo podrán trabajar como peluqueros quienes tengan el aval del Colegio Profesional al que se tendrán que asociar en forma obligatoria y que controlará cómo realizan sus actividades. En los primeros artículos de la extensa iniciativa se define qué es un peluquero y qué es un peinador y cuáles serán las tareas que pueden realizar, además de determinar que no podrán usar productos químicos, aunque el control de esos productos lo realiza la Anmat.

El peluquero «es toda persona que en forma normal, habitual y onerosa realiza su labor en cuestiones físicas y estéticas en los miembros superiores de terceros”, y peinador quien de la misma manera “realiza el desenredo, composición y limpieza del cabello, en los miembros superiores de terceros», según el texto.

Para ejercer la actividad deberá tener «título de peluquero profesional o equivalente de análogos contenidos expedido o revalidado en la República Argentina, conforme lo disponga la reglamentación homologada por el Colegio Público de Profesionales Peluqueros y Peinadores de la República Argentina», según el proyecto.

Además deberán contratar un seguro de caución «a fin de garantizar el derecho de los usuarios en caso de sufrir daños y perjuicios por la actividad de los peluqueros y peinadores profesionales» y «guardar secreto profesional». El proyecto establece que no podrán matricularse quienes «están condenados judicialmente por la comisión de delitos de carácter doloso y/o culposos, hasta el cumplimiento de su condena», y los que están “excluidos definitivamente o suspendidos en el ejercicio profesional por el Colegio Profesional”.

Entre las prohibiciones que tendrá la actividad profesional figuran los «procedimientos expresamente prohibidos para la salud, o que el profesional diagnostique como no recomendable para un determinado caso», y anunciar «por cualquier medio especializaciones no reconocidas por el Colegio de Peluqueros y Peinadores, por la autoridad sanitaria correspondiente».

Sobre las sanciones, Olmedo propone que el Consejo Profesional aplique desde una advertencia hasta la cancelación de la matrícula por el término de cinco años.