Miercoles 18 de Junio de 2025

AUMENTE SU JUBILACION O PENSION SEGÚN LOS PARAMETROS JUDICIALES. COBRO DEL 82%, POR DR ARIEL SIMONDET @arielsimondet

Publicado: 26-06-2013

jubilacion

 

Gran cantidad de Jubilados y Pensionados saben o intuyen que están cobrando una Jubilación o Pensión menor a la que deberían, y esto es real, muchos beneficiarios se encuentran cobrando la mitad o aun menos de los que le corresponde, aquí una breve explicación y como resolverlo-

 

Desde el año 2009, con la sanción de la ley 26.417 el haber jubilatorio se calcula tomando en cuenta el promedio de las ultimas 120 remuneraciones percibidas por el trabajador.

A esas 120 remuneraciónes se le aplica para actualizarlas un Índice conocido como Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (R.I.P.T.E).

 

Esto da como resultante que quienes se han jubilado a partir del año 2009 obtengan un Haber Inicial muy superior a aquellos jubilados que lo hayan hecho en años anteriores, que segmentaremos en este artículo entre el año 1970 y 2009-

 

Desde el año 1994, fecha en que entro en vigencia la ley 24.241 hasta el año 2009, la mayoría de los Jubilados y Pensionados obtenían Haberes Iniciales muy por debajo de lo que les corresponde, un porcentaje asimilable al 45% del Salario de un trabajador  en actividad.

 

Esto como resultante de que la Formula de Calculo era también el promedio de las ultimas 120 remuneraciones, pero las mismas no eran actualizadas, por ningún Índice.

 

Por ejemplo:

 

A un Señor o Señora que se haya jubilado en el año 1995 se le han tomado para el calculo del Haber Inicial el promedio de las ultimas 120 remuneraciones, es decir, se le han tomado las remuneraciones percibidas  en su trabajo desde el año 1985 al año 1995.

 

Pero esas remuneraciones no han sido actualizadas por ningún Índice, sino que han sido tomadas a Valor Histórico.

 

Esto provoca que este Señor o Señora parte de un Haber Inicial muy por debajo del que le corresponde.

 

En forma global se puede determinar que la mayoría de los Jubilados entre el año 1970 y el año 2009 tienen mal calculados sus Haberes Iniciales, lo que produce que las dos movilidades anuales no impacten de modo muy favorable sobre sus ingresos mensuales, justamente por ese error en su Haber Inicial.

 

La única manera fehaciente de determinar cual debería ser el Haber Jubilatorio Inicial y Actual de los Jubilados que se encuentran en estas circunstancias es mediante un estudio de su Computo Inicial, de esta manera, realizando un estudio y un Nuevo Calculo con los parámetros correctos, se esta en condiciones de iniciar la DEMANDA correspondiente para de esa manera  obtener el Haber Jubilatorio que le corresponde, muy superior al que esta percibiendo en la actualidad-

 

Para comunicarse:

Dr. Ariel Simondet

 Tel: 5275-4496- estudiosimondet@gmail.com -www.estudiosimondet.com.ar

@arielsimondet