Domingo 26 de Mayo de 2024

Canicoba Corral sobreseyó a Gustavo a Arribas en el caso Odebrecht

Publicado: 31-03-2017

El juez Rodolfo Canicoba Corral sobreseyó al titular de AFI, Gustavo Arribas, en la causa en la que era investigado por la transferencia de u$s 600.000 que recibió del operador financiero de Odebrecht, Leonardo Meirelles, condenado en el caso brasileño Lava Jato.

El magistrado consideró que la causa «no puede prosperar so pena de convertirse en una excursión de pesca» y que la denuncia «no tiene apariencia de delito».

«Resuelvo hacer lugar a la excepción de falta de jurisdicción o competencia y de falta de acción y, en consecuencia, SOBRESEER en el proceso», estableció el juez Rodolfo Canicoba Corral, en su fallo.

La causa se inició ese año, a raíz de la denuncia presentada por la diputada nacional Elisa Carrió, a partir de la investigación periodística de Hugo Alconada Mon. Según la denuncia, el titular de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas, recibió casi u$s 600.000, a través de cinco transferencias bancarias realizadas en 2013, desde una “empresa fachada” en Hong Kong, destinada al pago de coimas, lavado de activos y evasión, tal como determinó la Justicia brasileña en el caso conocido como «Lava Jato».

En Brasil se desnudó un amplio entramado de corrupción entre el gobierno de José Inácio «Lula» da Silva, Odebrecht y autoridades de varios países a los que pagaba sobornos para obtener contratos de obras públicas. En Argentina, la compañía brasileña obtuvo parte de la adjudicación del soterramiento del ferrocarril Sarmiento en el momento de la transferencia al actual titular de la AFI, por eso las sospechas de sobornos.

El titular del Juzgado en los Criminal y Correccional Nº 11 hizo lugar al planteo del funcionario, que pidió su sobreseimiento ya que «las pruebas producidas permiten descartar de plano la hipótesis delictiva delineada en la denuncia y ponen en evidencia la manifiesta inexistencia de delito», según argumentó la defensa de Arribas. «La única transferencia producida y reconocida por el denunciado obedeció a una operación lícita, ocurrida en extraña jurisdicción cuando no era funcionario público», alegó.

Según el magistrado, Arribas recibió en una cuenta en Zurich del Credit Suisse «un solo pago» de dinero, que atribuyó a la compra de los muebles de un departamento que tenía en Brasil y la investigación no puede avanzar «so pena de convertirse en una excursión de pesca».

El fiscal del caso, Federico Delgado, consideró que el pedido de excepción por inexistencia de delito debía ser rechazada «dado qu es una creación de los jueces para solucionar casos fuera de lo común”. «En este caso hay que determinar si existieron las cinco transferencias que revelaron los documentos aportados al expediente y, eventualmente, su destino y fin», sostuvo.

«No existe en autos la imputación de delito alguno. Coincido con el Sr. Procurador Fiscal que toda investigación consiste en la reconstrucción de un hecho histórico, pero aquí terminan mis coincidencias con el Dr. Delgado, porque esa reconstrucción no puede hacerse de cualquier manera, sino con las formas que el Código Procesal Penal establece. Y ¿Cuál es el hecho, aparentemente punible, que el Sr. Fiscal endilga a Arribas? No sabemos.», argumentó Canicoba Corral.

«El representante del Ministerio Público Fiscal no puede prosperar so pena de convertirse en una `excursión de pesca´. En otras palabras, si lo descripto es algo que no tiene apariencia de delito, -y en esto debo coincidir con la defensa-, la investigación no procede», agregó el juez en su fallo.

«Además, aunque no fue esgrimido en el escrito presentado por la defensa, este Tribunal carece de jurisdicción o competencia, para juzgar hechos, sin apariencia delictiva acaecidos en la República Federativa de Brasil», concluyó el magistrado.