Lunes 01 de Diciembre de 2025

EXCLUSIVO: LA CUENTA EN SUIZA QUE RESPONDE AL CLAN BAEZ OPERO ENTRE EL 2011 Y 2012. LOS FONDOS AHORA ESTAN EN OTRO BANCO HELVETICO NO IDENTIFICADO

Publicado: 26-04-2013

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La fiscalia suiza recibio un fax con una denuncia sobre presuntos capitales atribuidos «al hombre de negocios argentino» Lázaro Báez, que transitaron entre 2011 y 2012 por una cuenta en un banco en Ginebra, luego transferidos a un segundo banco de este país todavía desconocido

No hay procedimiento penal al respecto, ni bloqueo de cuentas, la denuncia sera examinada y sería el objeto de un análisis en cuanto a la existencia de sospecha de hechos constitutivos de una infracción.

La denuncia fue impulsada por los diputados nacionales Graciela Ocaña y Manuel Garrido, pidiendo el bloqueo de cuentas de varias personas a las que se les imputaría blanqueo de dinero, incluyendo a Lázaro Báez y sus dos hijos, Leandro y Martín, al ministro de Planificación, Julio de Vido, al contador Leonardo Fariña, al financista Federico Elaskar, y a la sociedad instrumental aparentemente inscripta en Panamá, Teegan, a la cual se la responsabilizaría de encubrir una cuenta del clan Báez en el Banco Lombard Odier, Darier Hentsch de Ginebra. 

La cuenta operó entre 2011 y 2012. Tras el cierre, su saldo, superior al millón y medio de dólares, fue transferido a otro banco suizo cuya identificación aún no ha trascendido.

Debe recordarse que si el dinero es sucio, corresponde determinarlo a los órganos competentes del Estado de su procedencia (Argentina), no al país que los haya recibido en inversión como destino final (Suiza). Que alguien tenga una cuenta en Suiza, para Suiza no es ilegal. Quizá lo es para el país del titular de la cuenta, si exigiere declararla a su dueño por ser oriundo o residir en él y éste no lo hiciere.

El artículo 309 del Código de Procedimiento Penal en Suiza autoriza a los magistrados competentes a iniciar una investigación penal cuando obraren “sospechas suficientes” de un delito. Y el artículo 305 bis del Código Penal suizo castiga con hasta 5 años de cárcel y una multa que puede rondar el millón de dólares, a quien blanquea dinero. Tal infracción se define en Suiza por la obstaculización en la identificación del origen, el descubrimiento o la confiscación de valores patrimoniales provenientes de un crimen, que para los ejemplos aquí evocados, serian delitos relativos a las diferentes formas de corrupción, y/o a la asociación ilícita para llevarlos a cabo.

Desde el 13 de marzo de 2009, Suiza acepta que otros países con los que tenga Convenciones contra la Doble Imposición (CDI), le soliciten la ayuda administrativa para rastrear capitales de foraneos que hayan evadido impuestos, un trámite que se hace caso por caso entre los entes fiscales respectivos, donde el requirente debe revelar el nombre del incriminado y el banco que le sirve de guarida.

En la hipótesis de que Báez hubiere girado a Suiza capitales sustraídos a la obligación fiscal, y la Argentina quisiera repatriarlos, sería incierto conseguirlo. La Convención contra la Doble Imposición (CDI) celebrada entre los dos países en 1997. Un nuevo tratado, firmado por ambos gobiernos en 10 de noviembre de 2009, ratificado por el Parlamento suizo, ha sido aceptado por los Senadores argentinos, y se encuentra en espera de aprobación por la Cámara de Diputados, ampliando un vacío jurídico sin precedentes. Todo ello no excluye que la AFIP tome la iniciativa y reclame a su homóloga Administración Fiscal Federal de Suiza, información oficial sobre los movimientos de capitales de los citados Depresbiteris y Báez, para saber si omitieron volcarlos en sus declaraciones de impuestos y, después, actuar en consecuencia.