
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció la exención del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa de Servicios Generales (ABL) para hoteles y establecimientos gastronómicos durante el primer semestre de 2026 Jorge Macri destacó que la hotelería y la gastronomía son pilares estratégicos para la economía local.
¿A quiénes alcanza?
La medida alcanza a servicios de restaurantes y cantinas con y sin espectáculo, expendio de bebidas en bares, expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o mostrador, expendio de helados, y alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares.
Período de vigencia
La exención implica que los contribuyentes alcanzados dejarán de pagar el impuesto por el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026.
Fecha límite para solicitar el beneficio: 31 de marzo de 2026 (es decir, este martes)
El beneficio no se otorga de manera automática sino que exige una solicitud expresa. La AGIP aclaró que solo se considerarán las solicitudes presentadas hasta el 31 de marzo de 2026.
¿Cómo tramitarlo?
Los contribuyentes deberán solicitar el reconocimiento de la exención a través de Trámites a Distancia (TAD – tad.buenosaires.gob.ar), y la solicitud debe contener el número de partida inmobiliaria, el domicilio de explotación inscripto en el RDE, datos del contrato de locación o comodato si corresponde, y la actividad declarada en Ingresos Brutos.
¿Qué pasa si ya pagé cuotas?
Para quienes ya abonaron las cuotas 1, 2 y/o 3, la AGIP descontará automáticamente el monto abonado de las cuotas restantes del año. Quienes pagaron el total anual anticipado recibirán un crédito fiscal equivalente a la mitad de lo abonado, que se imputará en las cuotas de 2027. Hasta el momento, 4.267 inmuebles del sector ya accedieron al beneficio