Lunes 02 de Febrero de 2026

Justicia prohíbe vehículos motorizados en “La Frontera” de Pinamar

Publicado: 02-02-2026

El Juzgado Civil y Comercial N° 4 de Dolores dictó una medida cautelar que prohíbe de manera inmediata todas las actividades recreativas motorizadas en el sector de médanos conocido como “La Frontera”, en Pinamar.

El fallo, firmado por el juez suplente Félix Adrián Ferrán, ordena el cese total de pruebas de destreza, competencias formales o informales, desafíos, carreras y cualquier maniobra considerada temeraria con camionetas 4×4, UTV (side-by-side), cuatriciclos, motos y vehículos similares. La restricción abarca el área de médanos costeros del partido de Pinamar, incluso en predios de propiedad privada.

La decisión se adoptó en el marco de una acción de amparo presentada por Pablo Martínez Carignano, ex titular de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, contra la Municipalidad de Pinamar. El magistrado fundamentó la medida en la reiteración de siniestros viales graves en la zona durante las temporadas de verano, muchos de ellos con consecuencias fatales o lesiones muy graves, y con niños y adolescentes como víctimas frecuentes.

La prohibición permanecerá vigente hasta que la comuna implemente y garantice efectivamente condiciones de seguridad adecuadas, incluyendo señalización clara, delimitación de sectores permitidos y no permitidos, supervisión permanente y otras medidas preventivas suficientes.

La resolución está directamente vinculada al accidente ocurrido el 12 de enero de 2026, en el que resultó gravemente herido Bastián Jerez, un niño de 8 años. El menor viajaba en un UTV que colisionó de frente contra una camioneta Volkswagen Amarok. Como consecuencia, sufrió múltiples fracturas de cráneo y otras lesiones de gravedad, por las que fue intervenido quirúrgicamente en varias oportunidades y se encuentra internado en el Hospital Materno Infantil de Mar del Plata, donde su evolución ha sido reportada como favorable en los últimos partes médicos.

El municipio de Pinamar había argumentado dificultades para controlar terrenos privados, argumento que fue rechazado por el juez, quien subrayó la obligación estatal de proteger el derecho a la vida, la integridad física y la seguridad pública en espacios de alta concurrencia turística.

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