«Los Colegios ausentes en tiempos de lucha…», por Marcelo Peretta
Publicado: 14-09-2017
Los Colegios Bioquímicos evitaron expedirse sobre el tema que hoy más nos preocupa a los bioquímicos en relación de dependencia, que somos amplia mayoría: el intrusionismo de FATSA.
En un esquivo comunicado, la Coordinadora de Colegios Bioquímicos se declaró impedida de actuar porque “en los colegios existen matriculados empleadores y en relación de dependencia.”
Tal pasividad importaría una falta ética, porque todos los Colegios se ocupan libre y permanentemente de temas de exclusivo interés y beneficio para bioquímicos autónomos, empresarios o empleadores, como el valor de las Prestaciones, Pami, Ioma, Seguridad social o Reintegros; pero cuando tienen la oportunidad de darle una mano a quienes dependen de un salario, SE BORRAN. Aunque no rechazan el pago de colegiación que hacen los profesionales asalariados.
La incorporación de bioquímicos y farmacéuticos en Fatsa constituye una pérdida de incumbencia (que se suma a la confirmada por Resolución CIN 1131/16), puesto que al diluirnos entre obreros, administrativos y técnicos, ya no podremos reclamar campo exclusivo. Las manifestaciones de los colegios no deberían ser algo “meramente teórico”, sino la firme defensa del ámbito profesional en que actúa el poseedor del título de bioquímico. En este caso optaron por ausentarse y olvidar los preceptos estatutarios de defender la incumbencia profesional.
Es triste que los colegios profesionales no apoyen a los sindicatos profesionales, cuando se trata del mismo colectivo. Al mantenerse al margen de una supuesta disputa gremial, los colegios han optado por Fatsa porque…, quien en tiempos de lucha por la libertad se mantiene al margen, estará del lado del más fuerte.”
Además caen en contradicción al afirmar que “seguirán comunicando haberes básicos, éticos o indicativos” ya que la jurisprudencia tiene dicho que carecen de legalidad, confunden y promueven el trabajo no registrado. Los únicos salarios bioquímicos válidos surgen de paritarias, por eso los Colegios deberían publicar las escalas salariales de SAFYB, que surgen de paritarias homologadas por el Ministerio de Trabajo de la Nación, a quien ellos mismos reconocen como autoridad competente.
Pedimos a los compañeros directivos de colegios que defiendan a sus colegiados apoyando a los respectivos sindicatos de profesión. Más aún si son adherentes al Ente Coordinador de Unidades Académicas de Farmacia y Bioquímica ECUAFYB, o las universidades que nos forman.
Por lo expuesto, el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos reitera y aclara a todos los bioquímicos del país:
1. El único sindicato con inscripción y personería gremial, con convenio colectivo y obra social, que agrupa a farmacéuticos y bioquímicos es el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos – SAFYB (personería gremial 1784).
2. El artículo 6° del Estatuto de Fatsa excluye a profesionales médicos y al personal jerárquico, y justamente los profesionales farmacéuticos y bioquímicos son personal jerárquico, con facultad para aplicar sanciones, otorgar permisos, autorizaciones y dirigir todo o parte del plantel.
3. La personería gremial N° 156 de Fatsa no agrupa ni representa a los profesionales farmacéuticos y bioquímicos, solo genéricamente a “trabajadores obreros, técnicos y administrativos de la sanidad”.
4. El ámbito de aplicación de los convenios colectivos de Fatsa N° 103/75 Hospitales privados, N° 107/75 Mutualidades, N° 108/75 Centros médicos sin internación, N° 120/75 Droguerías, N° 122/75 Clínicas y sanatorios con internación, N° 42/89 Laboratorios de especialidades medicinales y veterinarias y N° 459/06 Emergencias médicas, excluyen al personal jerárquico y no comprenden a profesionales de grado, en particular no comprenden a los profesionales farmacéuticos y bioquímicos.
5. FATSA reconoció en el Ministerio de Trabajo (Exp Nº 1269479/08) que el personal representado por SAFYB no está comprendido en los convenios Nº 120/75 y Nº 42/89 y prestó conformidad expresa para el otorgamiento de la personería.
Por tanto, resulta improcedente que Fatsa incluya en la escala salarial 2017 una categoría jerárquica que tiene excluida de su Estatuto, su Personería y su Convenio desde 1975. Además, ofrece un básico de $19505 para julio 2017, cuando para el mismo período SAFYB establece $32445.-
NO SE DEJE CONFUNDIR: los únicos CCT válidos y de aplicación a profesionales farmacéuticos y bioquímicos, cualquiera sea la razón social del empleador que los contrate, son los Convenios Colectivos de Trabajo N° 691/14 (Resolución ST 855/14) y 707/15 (Resolución ST 64/15).
Estimado Bioquímico: en los siguientes links encontrará las impugnaciones a los convenios de Fatsa, una nota para defender sus derechos y una motivadora canción de protesta.
https://www.facebook.com/notes/safyb/safyb-impugn%C3%B3-todos-los-convenios-de-fatsa/1528292867221209/
https://www.facebook.com/notes/safyb/nota-para-defender-tus-derechos/1533359566714539/
Saludos cordiales
CONSEJO DIRECTIVO SAFYB