
Se publicó en el Boletín Oficial la actualización de la guía de la Interrupción Legal de Embarazo, mediante la resolución 3158/2019, que considera la vigencia de esa guía. El mismo regía desde 2015, cuando se confeccionó teniendo en cuenta las dos ediciones de la “Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles” de 2007 y 2010. El texto recuerda que “el aborto en Argentina no es considerado delito cuando se solicite la práctica para evitar un peligro para la vida o la salud de la persona embarazada, o cuando el embarazo sea producto de una violación, según establece el artículo 86° del Código Penal”.

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